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F. Stanzione S.A.

BoletĂ­n Stanzione #69

En Gaceta Oficial Nº 41.102 de fecha 23 de febrero de 2017 fue publicada la Reforma del Convenio Cambiario Nº 34, a través del cual el Ministerio del Poder Popular de Economía y Finanzas, junto con el Banco Central de Venezuela, permitiendo que las personas naturales y jurídicas privadas, dedicadas a la exportación de bienes y servicios, puedan retener y administrar libremente hasta el ochenta por ciento (80%) del ingreso que perciban en divisas, en razón de las exportaciones realizadas, para atender gastos, pagos y cualquier otra erogación que deban realizar con ocasión de sus actividades, incluidas aquellas necesarias para el cumplimiento de las obligaciones tributarias conforme a la normativa que rige la materia. El resto de las divisas serán vendidas al Banco Central de Venezuela, al tipo de cambio complementario flotante de mercado, que rija para la fecha de la respectiva operación, reducido en un cero coma veinticinco por ciento (0,25). Dicha venta deberá efectuarse dentro de los cinco (5) días hábiles bancarios siguientes al cumplimiento del lapso establecido en las condiciones de pago pactadas en la relación comercial o contractual de que e trate, que en ningún caso podrán exceder de los ciento ochenta (180) días.

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BoletĂ­n Stanzione #68

Como informado en el Boletín Especial a principios del mes de Enero, les recordamos que la entrada en vigencia del nuevo instrumento arancelario es a partir del 30 de Enero de 2017, adoptando Venezuela el instrumento arancelario del MERCOSUR. Exhortamos a nuestra distinguida clientela a revisar los aranceles de sus productos de importación, revisar el Arancel Externo Común (AEC) del Mercosur actualizado, con sus excepciones de aplicación, solicitar las respectivas cartas de consulta ante SENCAMER para el material que usualmente importan y cuyos numerales arancelarios estén sujetos a los Regímenes Legales Nros. 20 y 21. Deberán revisar, entre otros aspectos, sí su producto esta afectado por el nuevo régimen legal de las exportaciones, o lista nacional de excepciones al AEC, revisar los productos con alícuota distinta al AEC y las reglas de tributación para el sector aeronáutico, bienes de capital y/o bienes tecnológicos, entre otros. Deberán también revisar el nuevo esquema o Tarifa Ad Valorem aplicable a países de extra zona, con los 14 nuevos niveles de tarifas.

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BoletĂ­n Stanzione #67

Estamos conscientes de la importancia que es tener a nuestros clientes siempre informados de los cambios que afecten el comercio internacional, así como las últimas novedades del acontecer aduanero. Es por ello que debemos informarles la siguiente modificación aparecida en Gaceta Oficial N° 41.064 de fecha 30 de diciembre de 2016, donde se publicó la aprobación del Decreto N° 2.647, por la Presidencia de la República, mediante el cual se establece el ordenamiento de las mercancías en el Arancel y se adopta la Nomenclatura Arancelaria Común de los Estados Partes del MERCOSUR (NCM), basada en el Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías (SA) del Consejo de Cooperación Aduanera (CCA) – Organización Mundial de Aduanas (OMA)

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BoletĂ­n Stanzione #66

Desde la gran Familia Stanzione, nuestras sucursales repartidas en todo el país, el personal administrativo y operativo y todos los que de alguna forma aportamos en aras de prestar el servicio integrado de nacionalización y exportación de sus cargas, deseamos hacerles llegar un mensaje de optimismo y agradecimiento por seguir con nosotros un año más. En momentos difíciles, sentimos que debemos apostar al país. Es el tiempo de la serenidad, de la introspección, de la constancia, de enfocarnos en nuestros valores, sabiendo que Venezuela retoñará y que viviremos en una sociedad próspera y digna. Que en cada uno de sus hogares reine la paz, la salud y la armonía.

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BoletĂ­n Stanzione #65

En Gaceta Oficial N° 41.030 de fecha 14 de noviembre de 2016, la Presidencia de la República aprueba el Decreto N° 2.548, mediante el cual se prorroga por sesenta (60) días, el plazo establecido en el Decreto N° 2.452 de fecha 13 de septiembre de 2016, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.256 Extraordinario de la misma fecha, mediante el cual se decretó el Estado de Excepción y Emergencia Económica en todo el Territorio Nacional, dadas las circunstancias extraordinarias en el ámbito social, económico y político, que afectan el orden constitucional, la paz social, la seguridad de la Nación, las instituciones públicas y a los ciudadanos y ciudadanas habitantes de la República, a fin de que el Ejecutivo Nacional pueda continuar con la adopción de las medidas urgentes, contundentes, excepcionales y necesarias para asegurar a la población el disfrute pleno de sus derechos, preservar el orden interno, el acceso oportuno a bienes, servicios, alimentos, medicinas y otros productos esenciales para la vida.

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