BoletĂn Stanzione #69
En Gaceta Oficial NÂş 41.102 de fecha 23 de febrero de 2017 fue publicada la Reforma del Convenio Cambiario NÂş 34, a travĂ©s del cual el Ministerio del Poder Popular de EconomĂa y Finanzas, junto con el Banco Central de Venezuela, permitiendo que las personas naturales y jurĂdicas privadas, dedicadas a la exportaciĂłn de bienes y servicios, puedan retener y administrar libremente hasta el ochenta por ciento (80%) del ingreso que perciban en divisas, en razĂłn de las exportaciones realizadas, para atender gastos, pagos y cualquier otra erogaciĂłn que deban realizar con ocasiĂłn de sus actividades, incluidas aquellas necesarias para el cumplimiento de las obligaciones tributarias conforme a la normativa que rige la materia. El resto de las divisas serán vendidas al Banco Central de Venezuela, al tipo de cambio complementario flotante de mercado, que rija para la fecha de la respectiva operaciĂłn, reducido en un cero coma veinticinco por ciento (0,25). Dicha venta deberá efectuarse dentro de los cinco (5) dĂas hábiles bancarios siguientes al cumplimiento del lapso establecido en las condiciones de pago pactadas en la relaciĂłn comercial o contractual de que e trate, que en ningĂşn caso podrán exceder de los ciento ochenta (180) dĂas.
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