BoletĂn Stanzione #43
Les recordamos la obligatoriedad de la DeclaraciĂłn Anticipada de InformaciĂłn (DAI), de conformidad con lo dispuesto en el artĂculo 44 de la Reforma de la Ley Orgánica de Aduanas publicada en la Gaceta Oficial de la RepĂşblica Bolivariana de Venezuela NÂş 6.155 Extraordinario de fecha 19/11/2014, vigente a partir del dĂa 19/01/2015 la cual servirá como instrumento para facilitar la coordinaciĂłn para la recepciĂłn de cargamentos esenciales, de primera necesidad o peligrosos y determinar el almacenaje adecuado de la carga mientras dura el desaduanamiento.
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